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Prueba y aplicación notarial del Derecho extranjero

El pasado 11 de febrero en el marco del Ciclo formativo 2020/2021 de la Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado, en el Colegio notarial de Sevilla, impartí la conferencia que llevaba por título «La aplicación y prueba del Derecho extranjero por el notario».

La jornada fue muy amena y con mucha participación, suscitándose un interesante coloquio, tras la ponencia, moderado por el Prof. Dr. Don Andrés Rodríguez Benot.

El ciclo cuenta con la participación de notarios y académicos y trata interesantes cuestiones de actualidad vinculadas con el quehacer notarial, diario, vinculado a la práctica con extranjeros y operaciones en las que se presenta elemento internacional.

De la conferencia se hizo eco el Diario de Sevilla, con una bonita reseña, que se puede leer aquí.

El ciclo, como impone la época que vivimos, se celebró mediante videoconferencia, que fue grabada y que insertamos aquí.

Desde aquí me gustaría expresar mi agradecimiento por haber contado conmigo para participar y poder transmitir mi experiencia, totalmente vinculada al día a día de mi notaría. Igualmente, me gustaría animar a participar en las siguientes ponencias que, ciertamente, serán muy interesantes, tratando primero cuestiones relacionadas con la función notarial en el ámbito del Reglamento Sucesorio; cerrando el ciclo el tema del certificado sucesorio europeo desde la perspectiva notarial. Son dos temas relacionados y muy importantes, como consecuencia del arraigo que tienen los ciudadanos de otros países en nuestro país, donde no solo tienen propiedades sino que también se establecen de forma permanente.

Antonio Ripoll Soler

Notario de Alicante

Libre circulación de documentos: poderes extranjeros

poderes_extranjeros_libre_circulacion_documentos_notariales_en_Europa   El uso de un poder extranjero en España es algo que se presenta en la práctica notarial con cierta frecuencia. La globalización que se presenta en la época en que vivimos. El hecho de que España sea un país receptor de ciudadanos extranjeros, bien por motivos laborales, bien, más frecuentemente, para adquirir segundas residencias vacacionales, o, incluso para residir durante la época de la jubilación, genera una serie de situaciones a las que el operador jurídico se debe aproximar poniendo en relación no solo nuestras normas internas, sino también el Derecho Internacional Privado.

   Muchas veces lo complicado no es sólo dilucidar si determinado documento  sirve o no en España sino si realmente es lo que parece ser. Entre lo deseable, que sería la libre circulación del documento, y lo que existe, queda un largo camino por recorrer. En la práctica se debe actuar con cautela.

   En este post que se enlaza se explican algunas cuestiones de interés práctico sobre la utilización de poderes extranjeros en España que os reseñamos deseando que os sean de utilidad.

   Para saber más sobre la libre circulación del documentos y los poderes extranjeros, pulsar aquí.

   Antonio Ripoll Soler

Notario de Alicante